SANTIAGO DE CHILE, JUEVES 11 DE ENERO 2018.- A partir de la solicitud de la Comunidad de Aguas Subterráneas Mal Paso Copiapó y don Manglio Atilio Galli Heredia y en virtud del artículo 129 bis 9 del Código de Aguas, el TDLC ha dictado el Informe N°13/2018 en la causa Rol NC N° 436 – 2017, en el que se establece que los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas que administra y distribuye dicha comunidad son ejercidos en un área en la cual no existen hechos, actos o convenciones que impidan, restrinjan o entorpezcan la libre competencia.
Ver informe N° 13 – 2018
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