El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) rechazó, con costas, la demanda interpuesta por Transportes Santín y Compañía Limitada en contra del Fisco y del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (“MTT”), en la que se acusaba a éstos de ejecutar actos en infracción a las normas sobre libre competencia, especialmente las que establecen los deberes de lealtad entre los competidores y respecto del rol que le cabe a la autoridad, en atención a que las bases para la concesión del uso de las vías de las unidades de negocios N° 1, N° 4, N° 6, N° 7, N° 8 y N° 9 para la prestación de servicios urbanos de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses para la ciudad de Santiago, año 2017 (“Bases de Licitación del Transantiago”), elaboradas por ella, contendrían disposiciones que establecerían barreras a la entrada y fomentarían los acuerdos entre competidores.
La decisión se fundamentó en que el acto administrativo que contiene las Bases de Licitación del Transantiago fue revocado y por consiguiente, todas las pretensiones relacionadas con ellas, carecen de objeto.
Por otro lado, respecto a las imputaciones que dicen relación con reconocer la responsabilidad infraccional de los demandados y condenarlos al pago de una multa, la decisión señala que el demandante no rindió prueba alguna en el proceso que permitiera dar por acreditada la conducta infraccional, así como las circunstancias que se consideran para determinar el monto de una eventual multa y con ello, poder evaluar su pretensión sancionatoria.