En los autos Rol NC N° 501-21, caratulados “Consulta de SMU S.A. y CorpGroup Holding Inversiones Ltda. sobre el alzamiento, modificación y/o revocación de las condiciones tercera y sexta impuestas por la Resolución Nº 43”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por resolución de 7 de octubre de 2021, dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211, respecto de la consulta formulada por SMU S.A. y CorpGroup Holding Inversiones Limitada, relativa a la solicitud, de alzamiento, modificación y/o revocación de las condiciones tercera y sexta impuestas por este Tribunal mediante la Resolución Nº 43, de 12 de diciembre de 2012.
Se ordenó oficiar a diferentes entidades a fin de que éstas, así como quienes tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Diario Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún/a abogado/a habilitado/a para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo.