En los autos Rol NC N° 505-21, caratulados “Consulta de Compañía Minera Salares del Norte SpA sobre bases de licitación para suscripción de contrato especial de operación para la exploración, explotación y beneficio de yacimientos de litio”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por resolución de 15 de diciembre de 2021, dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211, respecto de la consulta formulada por Compañía Minera Salares del Norte SpA acerca de si las “Bases de Licitación Pública Nacional e Internacional para la Suscripción de un Contrato Especial de Operación para la Exploración, Explotación y Beneficio de Yacimientos de Litio” y sus anexos, pueden infringir las normas que protegen la libre competencia.
Se ordenó oficiar a diferentes entidades a fin de que éstas, así como quienes tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Diario Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún/a abogado/a habilitado/a para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo.