Consultante: Küpfer Hermanos S.A.
Aportantes de antecedentes: Cámara Chilena de la Construcción, Aceros Otero y Domínguez Limitada, Instituto Chileno de Normalización, Fiscalía Nacional Económica, Aceros Aza S.A., Corporación Instituto Chileno del Acero
Sr. Enrique Vergara Vial, Sra. Daniela Gorab Sabat (PS), Sra. María de la Luz Domper Rodríguez, Sr. Ricardo Paredes Molina, Sr. Jaime Barahona Urzúa
Determinar si el sistema de certificación de acero estructural establecido en la NCh203.Of2006 se ajusta al Decreto Ley N° 211.
El Tribunal resolvió declarar que las disposiciones de la NCh203 se ajustan al Decreto Ley N° 211 y se ordenó a los organismos certificadores de productos y laboratorios de ensayos que participen actualmente en el mercado o en un futuro: (i) establecer los precios y plazos asociados al sistema de certificación del acero estructural en base a criterios objetivos, generales, transparentes y no discriminatorios; (ii) publicar los plazos máximos para certificar el acero estructural y realizar los ensayos pertinentes, según sea el caso, estableciendo criterios objetivos para los plazos de entrega de cada solicitante, y publicar esa información en sus oficinas y sus sitios web; y (iii) informar anualmente a la Fiscalía Nacional Económica de las solicitudes recibidas y las fechas de entrega, por un plazo de tres años, contado desde que la resolución se encuentre firme y ejecutoriada.
Sr. Ricardo Paredes Molina
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
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