Solicitantes: Fiscalía Nacional Económica y Rappi Chile SpA
Sr. Nicolás Rojas Covarrubias, Presidente, Sra. María de la Luz Domper Rodríguez, Sr. Ricardo Paredes Molina, Sr. Jaime Barahona Urzúa.
Aprueba el acuerdo extrajudicial
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
Advertencia:
La publicidad de las resoluciones contenidas en este sitio, no constituye comunicación ni notificación válida de las mismas para efectos legales. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia no se responsabiliza por los errores u omisiones que eventualmente pueda contener la información publicada.