Resolución N° 42/2012: Solicitud de Informe de la FNE sobre régimen tarifario de servicios asociados al suministro eléctrico.

FECHA DE DICTACIÓN:

Octubre 12, 2012

carátula:

Solicitud de Informe de la FNE sobre régimen tarifario de servicios asociados al suministro eléctrico.

rol de causa:

NC-398-11

procedimiento:

No Contencioso

PARTES:

Consultantes: Fiscalía Nacional Económica
Aportantes de antecedentes: Cooperativa Eléctrica Curicó Limitada, Chilectra S.A., Comisión Nacional de Energía, Telefónica Chile S.A., Empresa Eléctrica de Antofagasta S.A., Empresa Eléctrica de Iquique S.A., Empresa Eléctrica de Arica S.A., CGE Distribución S.A., Empresa Eléctrica de Melipilla, Cochagua y Maule S.A., Empresa Eléctrica de Talca S.A., Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A., Empresa Eléctrica Atacama S.A., Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Empresa Eléctrica de la Frontera S.A., Sociedad Austral de Electricidad S.A., Compañía Eléctrica Osorno S.A., Empresa Eléctrica de Aisén S.A., VTR Banda Ancha (Chile) S.A., Empresa Eléctrica de Magallanes S.A., Chilquinta Energía S.A., Empresa Eléctrica Puente Alto Ltda., Subsecretaría de Energía, Servicio Nacional del Consumidor, Cooperativa Eléctrica Paillaco Ltda.

MINISTROS Y MINISTRAS QUE CONCURREN AL ACUERDO:

Sr. Tomás Menchaca Olivares (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Juan José Romero Guzmán (S), Sr. Julio Peña Torres, Sr. Javier Velozo Alcaide

REDACCIÓN:

Pleno

CONDUCTA:

Consulta

INDUSTRIA:

Servicios públicos

ARTÍCULO (NORMA):

Artículos 18 N° 2, 31 y 32 del Decreto Ley Nº 211

OBJETO DEL PROCESO:

Solicitud de informe sobre régimen tarifario de servicios asociados al suministro eléctrico.

resultado del tdlc:

El Tribunal resolvió (1) Declarar que las condiciones existentes en el mercado no son suficientes para garantizar un régimen de libertad tarifaria respecto de los servicios que se listan en la parte resolutiva, por lo que se califican como sujetos a fijación de precios dichos servicios prestados por las empresas de distribución eléctrica; (2) rechazar la solicitud de modificar la Declaración Quinta de la Resolución Nº 592, dictada por la H. Comisión Resolutiva en el año 2001; y, (3) rechazar la solicitud de proponer al Presidente de la República, a través del Ministro de Energía, la modificación de preceptos legales y reglamentarios.

Ver Resolución N° 42/2012

voto en contra:

Sin voto en contra

voto prevención:

Sin voto de prevención

Resultado Excma. Corte Suprema

No se interpusieron recursos

temas que trata:

Ley general de servicio eléctrico (LGSE), servicio no consistentes en suministro de energía, fijación tarifaria, comisión resolutiva, modificación de medida, proposición de modificación normativa.