Consultante: RTC S.A.
Aportantes de antecedentes: Fiscalía Nacional Económica, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, Servicio Nacional del Consumidor
Sr. Tomás Menchaca Olivares (P), Sra.Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Julio Peña Torres, Sr. Javier Velozo Alcaide
Consulta sobre el derecho a importar los
productos que indica.
El Tribunal resolvió declarar que RTC S.A. no infringe las normas de libre competencia al importar y comercializar alarmas y accesorios para automóviles bajo la marca Némesis, en la medida que dichos productos sean originales y legítimamente comercializados y adquiridos por la consultante en cualquier país.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
Importación productos oiriginales, propiedad intelectual, derecho de marca, ley de propiedad industrial.
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