Consultantes: Cencosud S.A., Cencosud Retail S.A.
Aportantes de antecedentes: Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, Asociación Gremial de Industrias Proveedoras, Fiscalía Nacional Económica, Servicio Nacional del Consumidor
Sr. Tomás Menchaca Olivares (P), Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Julio Peña Torres, Sr. Javier Velozo Alcaide, Sr. Teodoro Wigodski Sirebrenik (S)
Consulta de Cencosud S.A. y Cencosud Retail S.A. sobre arrendamiento a largo plazo de dos supermercados –en las ciudades de Vallenar y Huasco– que actualmente son operados por las
sociedades Abdón Baraqui y Compañía Limitada, Sociedad de Inversiones Baraqui Giménez y Cía. Limitada y don Abdón Baraqui Mauad bajo la marca “Abarttal”.
El Tribunal resolvió autorizar la operación consultada por Cencosud S.A. y Cencosud Retail S.A., esto es, la celebración de un contrato de arriendo respecto de dos inmuebles, en que las sociedades Abdón Baraqui y Compañía Limitada, Sociedad de Inversiones Baraqui Giménez y Cía. Limitada y don Abdón Baraqui Mauad operan supermercados bajo la marca “Abarttal”, en las ciudades de Vallenar y Huasco, en los términos descritos en la consulta de fojas 114.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
Operación de concentración, arrendamiento de inmuebles, cumplimiento de condiciones, riesgos, eficiencias.
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