Consultantes: ING S.A.
Aportantes de antecedentes: Fiscalía Nacional Económica, Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, Superintendencia de Valores y Seguros, Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile A.G., Asociación de Aseguradores de Chile A.G., Asociación Gremial de AFP, AFP Provida S.A., AFP Planvital S.A., AFP Modelo S.A.
Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Julio Peña Torres, Sr. Claudio Osorio Johannsen (S)
Consulta sobre fusión de ING AFP Santa María S.A. y Bansander AFP S.A.
El Tribunal resolvió declarar que la Operación Consultada por ING S.A., a fojas 9 y siguientes, no infringe las normas contenidas en el Decreto Ley N°211, siempre que dé estricto cumplimiento a todas y cada una de las condiciones indicadas en la parte resolutiva.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
Operación de concentración, administradora de fondo de pensiones, barreras de entrada, riesgos, eficiencias, medidas de mitigación.
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