Consultantes: Telefónica Móviles S.A., BellSouth Chile Inc., BellSouth Chile Holdings Inc.
Aportantes de antecedentes: Fiscalía Nacional Económica, Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Entel PCS Telecomunicaciones S.A., Entel Telefonía Móvil S.A., Telmex Chile Long Distance S.A., Chilesat Corp. S.A., Chilesat S.A., Chilesat Servicios, Empresariales S.A., Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., Telefónica Móvil de Chile S.A., Smartcom S.A., Compañía de Telecomunicaciones de Llanquihue S.A., Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A., Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A.
Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Pablo Serra Banfi, Sr. Claudio Osorio Johannsen (S).
Consulto sobre toma de control de BellSouth Comunicaciones S.A. y BellSouth Inversiones S.A. por parte de Telefónica Móviles S.A., de España.
El Tribunal resolvió (1) aprobar la consulta presentada por Telefónica Móviles S.A. y de BellSouth Chile, Inc. y BellSouth Chile Holdings, Inc.; y, (2) fijar condiciones para la operación de concentración que se señalan en la parte resolutiv.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
Operación de concentración, telecomunicaciones, eficiencias, riesgos unilaterales, riesgos de coordinación, eficiencias, medidas de mitigación, condiciones, desinversión, medida estructural, medida conductual.
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