Demandante: Eulogio Altamirano Ortúzar
Demandados: Sociedad Concesionaria Centro Metropolitano de Vehículos Retirados de Circulación S.A. (“CMVRC”), Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas
Sr. Enrique Vergara Vial (P), Sra. María de la Luz Domper Rodríguez, Sr. Eduardo Saavedra Parra, Sr. Javier Tapia Canales, Sr. Jaime Arancibia Mattar
Eulogio Altamirano Ortúzar demandó a la Sociedad Concesionaria Centro Metropolitano de Vehículos Retirados de Circulación S.A. y la Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Pública por haber infringido los artículos 1°, 3° y 4° del D.L. N° 211 al haber autorizado la puesta en marcha definitiva de las obras de la concesión de la obra fiscal denominada Centro Metropolitano de Vehículos Retirados de Circulación, mediante la dictación de la Resolución N° 454 de la Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas de 30 de enero de 2015. Tanto la Concesionaria como el MOP contestaron la demanda solicitando su rechazo con costas. La primera sostiene, en suma, que las Bases de Licitación gozan de una presunción de legalidad, ratificada por la CGR, y que la licitación cumplió con la normativa existente en la materia. Además, opone las excepciones de falta de legitimación pasiva y activa, y de prescripción. Por su parte, el MOP opone las excepciones de prescripción y de falta de legitimación activa y pasiva, y en subsidio, indica que su propio actuar se ajustó plenamente a los principios de legalidad y juridicidad que se exigen a la actuación administrativa, por lo que no podría exigírsele una conducta distinta a la ejecutada en conformidad a la ley.
Absuelve
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
Prescripción, legitimación activa, legitimación pasiva, bases de licitación
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