Sentencia 92/2009: Requerimiento de la FNE contra la Ilustre Municipalidad de Antofagasta.

FECHA DE DICTACIÓN:

Diciembre 29, 2009

carátula:

Requerimiento de la FNE contra la Ilustre Municipalidad de Antofagasta.

rol de causa:

C-172-08

procedimiento:

Contencioso

PARTES:

Requirente: Fiscalía Nacional Económica
Requerida: Ilustre Municipalidad de Antofagasta

MINISTROS Y MINISTRAS QUE CONCURREN AL ACUERDO:

Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Tomás Menchaca Olivares, Sr. Julio Peña Torres, Sra. María de la Luz Domper Rodríguez (S)

MINISTRO/A REDACTOR/A:

Pleno

CONDUCTA:

Otros

INDUSTRIA:

gestión de residuos y servicios de saneamiento, Servicios administrativos y de apoyo

ARTÍCULO (NORMA):

Artículo 3° inciso primero del Decreto Ley N° 211.

resumen de controversia:

La FNE interpuso un requerimiento en contra de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, por actos contrarios a la libre competencia que vulnerarían el artículo 3° del Decreto Ley N° 211 y las Instrucciones de Carácter General N° 01/2006 del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, para el mercado de la recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos domiciliarios. Estos consistirían en el establecimiento y modificación posterior de determinadas cláusulas de las Bases de licitación del contrato de recolección y transporte de residuos sólidos domiciliarios y reciclaje, correspondiente al sector Centro Sur de Antofagasta, lo que habría impedido o, al menos, restringido la competencia en la licitación. Por otra parte, acusa que la requerida habría vulnerado diversas disposiciones de las Instrucciones, pese a observaciones perentorias de la Fiscalía, lo que habría generado el efecto exclusorio señalado. La requerida afirma que los hechos descritos en el requerimiento, si bien son efectivos, han sido interpretados por la FNE en forma muy particular, dándole una connotación errónea y señalando, en forma genérica, que éstos significarían una vulneración del artículo 3o del DL No 211 y de las Instrucciones No 1. Estima la Municipalidad que, en el proceso de licitación materia de la causa, actuó dentro del marco de sus facultades, sin infringir las normas de defensa de la libre competencia

resultado del tdlc:

voto en contra:

Sin voto en contra

voto prevención:

Sin voto de prevención

Resultado Excma. Corte Suprema

No se interpusieron recursos

temas que trata:

sujeto pasivo de las instrucciones de carácter general (ICG), incumplimiento de ICG, bases de licitación, residuos domiciliarios, arbitrariedad en la adjudicación