Demandante: Complejo Manufacturero de Equipos Telefónicos S.A.C.I.
Demandado: Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A.
Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Tomás Menchaca Olivares, Sr. Julio Peña Torres
Complejo Manufacturero de Equipos Telefónicos S.A.C.I., demandó a Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A., por cuanto habría ofertado promociones bajo los costos de proveerla, lo que constituiría una infracción al artículo 3 letra c) del Decreto Ley N° 211. Telefónica solicitó el rechazo de la demanda por cuanto Señaló que las promociones en general y las ofertas de servicios en forma paquetizada corresponden a estrategias de competencia ampliamente utilizadas en muchas industrias y mercados, siendo un caso típico y ampliamente conocido en relación a esta estrategia la venta conjunta de los servicios de televisión por cable, telefonía e Internet en banda ancha.
Absuelve
Sin voto en contra
Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff
Confirma
competencia desleal, precios predatorios, prácticas predatorias, abuso de posición dominante, principio de congruencia, ultrapetita
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