Reclamante: Asociación Chilena de Seguridad ("ACHS") e Instituto de Seguridad del Trabajo ("IST") Reclamado: Dictamen de la H. Comisión Preventiva Central ("CPC").
Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Pablo Serra Banfi, Sr. Tomás Menchaca Olivares.
La Superintendencia de Seguridad Socia consulta en orden a determinar la procedencia de que las Mutualidades de Empleadores regidas por la Ley N° 16.744, rechacen la adhesión de algunas empresas, sin expresión de causa o motivadas por el escaso número de trabajadores de dichas empresas, a la luz de las normas del Decreto Ley N° 211, sugiriendo que ese rechazo es anticompetitivo.
Confirma
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
Rechazo adhesión, comisión preventiva central, modificación de dictámen
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