Solicitante: Verallia Chile S.A.
Aportantes de antecedentes: Fiscalía Nacional Económica, Corporación Sistema Colectivo de Gestión de Envases y Embalajes ReSimple, y Cristalerías de Chile S.A.
Sr. Nicolás Rojas Covarrubias, Sr. Ricardo Paredes Molina y Sr. Rafael Pastor Besoain.
Consulta relativa a determinar si, para efectos de no infringir el Decreto Ley N° 211 la Corporación Sistema Colectivo de Gestión de Envases y Embalajes ReSimple, como ente licitante, debe informar el precio mínimo de reserva a los participantes de las licitaciones que realice y revelar las ofertas económicas recibidas en los procesos de licitación regidos por las Bases de Licitación para la Venta de Residuos de Envases y Embalajes para su Valorización, que fueron aprobadas por el Tribunal en autos Rol NC N° 492-21.
El Tribunal rechazó la consulta de Verallia Chile S.A. y se declara que la Corporación Sistema Colectivo de Gestión de Envases y Embalajes ReSimple no debe revelar el precio mínimo de reserva y las ofertas económicas recibidas a los participantes de las licitaciones que se rijan por las Bases de Licitación para la Venta de Residuos de Envases y Embalajes para su Valorización.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
Acceso a información sensible en licitaciones sucesivas, deberes de transparencia y protección a la libre competencia contenidos en la Ley N° 20.920 que Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y el Fomento al Reciclaje y su relación con el Decreto Ley N° 211, resguardos a riesgos coordinados en licitaciones.
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