A lo principal, téngase presente por evacuado el informe del señor Fiscal Nacional Económico; y al otrosí, téngase presente.
Proveyendo la consulta de Compañía Chilena de Comunicaciones S.A.:
Vistos, atendido el mérito de lo informado por la Fiscalía Nacional Económica, la constancia del ingreso de la consulta de Compañía Chilena de Comunicaciones S.A. ante la H. Comisión Preventiva de la III Región, de fecha 12 de marzo de 2004, y habiendo transcurrido más de 30 días sin que se haya emitido pronunciamiento, ESTESE a lo dispuesto en el artículo 38, inciso segundo, de la Ley Nº 19.733.
Notifíquese por carta certificada.
Comuníquese mediante oficio a la Fiscalía Nacional Económica.