Dictamen N° 1008/1997: Consulta de don Enrique Cruz Costa sobre cobros que efectúan a sus clientes las empresas eléctricas y que podrían estimarse abusivos. La Comisión, analizados los casos presentados por el consultante, estimó que éstos son de la competencia de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, la cual de acuerdo con su Ley Orgánica y el DFL N° 1/82, Ley general de Servicios Eléctricos, tiene las atribuciones para resolver, oyendo a las partes, casos como los consultados.

NÚMERO DE DICTAMEN:

Dictamen N° 1008

TEMA QUE TRATA:

Consulta de don Enrique Cruz Costa sobre cobros que efectúan a sus clientes las empresas eléctricas y que podrían estimarse abusivos. La Comisión, analizados los casos presentados por el consultante, estimó que éstos son de la competencia de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, la cual de acuerdo con su Ley Orgánica y el DFL N° 1/82, Ley general de Servicios Eléctricos, tiene las atribuciones para resolver, oyendo a las partes, casos como los consultados.

FECHA DE DICTACIÓN:

23/05/1997

AÑO:

1997