Consulta de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SubTel), solicitando la opinión de la Comisión de acuerdo con el inciso segundo del artículo 38 de la Ley Nº 19.733, sobre si la transferencia de la concesión de radiodifusión sonora de frecuencia modulada para la ciudad de Puerto Aysen, XI Región, de la que es titular la Sociedad Radio y Publicidad Alto Bonito Ltda., produciría un impacto relevante en dicho mercado. La Comisión analizados los antecedentes proporcionados por SubTel y la Fiscalía Nacional Económica, concluyó que desde la perspectiva de la libre competencia, esta transferencia no tendría un impacto negativo.