Dictamen N° 1278/2004: Consulta de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas, solicitando un pronunciamiento de la Fiscalia Nacional Económica en relación con una presentación efectuada por un particular ante dicha entidad, quien consulta sobre la legalidad de la exigencia que los antecedentes comerciales de personas o empresas que concurren como oferentes en licitaciones públicas convocadas por Municipalidades y otras instituciones públicas, sean informados sólo por la empresa “Dicom Equifax”, teniendo en cuenta que ésta es sólo una de las varias que existen en el mercado dedicadas a la venta de informes comerciales. La Comisión, compartiendo el criterio contenido en el completo informe del Fiscal Nacional Económico y como una forma de compatibilizar el interés fiscal con la defensa de la libre competencia, dictaminó lo siguiente: i) recomendar al Ministerio de Hacienda que en la elaboración del reglamento que debe dictar en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley No. 19.886, ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, evite toda posibilidad de discriminación arbitraria entre las distintas empresas que prestan el servicio de información sobre antecedentes comerciales, ii) Notificar a la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda el contenido del dictamen, recomendándole que adopte las medidas contenidas en el punto i) anterior y iii) con el mismo fundamento del punto ii) notificar a la Asociación Chilena de Municipalidades y a los gobiernos regionales y recomendándoles que en futuras licitaciones soliciten los informes comerciales en la forma señalada en el punto i) anterior.

NÚMERO DE DICTAMEN:

Dictamen N° 1278

TEMA QUE TRATA:

Consulta de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas, solicitando un pronunciamiento de la Fiscalia Nacional Económica en relación con una presentación efectuada por un particular ante dicha entidad, quien consulta sobre la legalidad de la exigencia que los antecedentes comerciales de personas o empresas que concurren como oferentes en licitaciones públicas convocadas por Municipalidades y otras instituciones públicas, sean informados sólo por la empresa "Dicom Equifax", teniendo en cuenta que ésta es sólo una de las varias que existen en el mercado dedicadas a la venta de informes comerciales. La Comisión, compartiendo el criterio contenido en el completo informe del Fiscal Nacional Económico y como una forma de compatibilizar el interés fiscal con la defensa de la libre competencia, dictaminó lo siguiente: i) recomendar al Ministerio de Hacienda que en la elaboración del reglamento que debe dictar en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley No. 19.886, ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, evite toda posibilidad de discriminación arbitraria entre las distintas empresas que prestan el servicio de información sobre antecedentes comerciales, ii) Notificar a la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda el contenido del dictamen, recomendándole que adopte las medidas contenidas en el punto i) anterior y iii) con el mismo fundamento del punto ii) notificar a la Asociación Chilena de Municipalidades y a los gobiernos regionales y recomendándoles que en futuras licitaciones soliciten los informes comerciales en la forma señalada en el punto i) anterior.

FECHA DE DICTACIÓN:

16/01/2004

AÑO:

2004