En los autos Rol NC N° 541-24 caratulados “Solicitud de VTR Comunicaciones SpA de alzar las medidas impuestas por la Resolución N° 1/2004”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por resolución de 20 de noviembre de 2024, dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211, con el objeto de alzar las condiciones impuestas en la Resolución N° 1/2004.
Se ordenó oficiar a la Fiscalía Nacional Económica, la Subsecretaría de Telecomunicaciones, Telefónica Móviles Chile S.A., Directv Chile Televisión Limitada, Entel Telefonía Local S.A., Pacífico Cable S.A., Tu Ves S.A. y GTD Manquehue S.A., a fin de que estos, así como otros que también tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la publicación del extracto de la presente resolución en el Diario Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún/a abogado/a habilitado/a para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo.