Solicitante: Ministerio de Energía Aportantes de antecedentes: Empresas Eléctricas A.G.; Asociación Gremial de los Industriales del Pan de Santiago; Convergencia Nacional de Pymes A.G.; Asociación Chilena de Telecomunicaciones – Chile Telcos A.G.; Multigremial Nacional de Emprendedores; SMU S.A., Rendic Hermanos S.A., Super 10 S.A., Alvi Supermercados Mayoristas S.A.; Asociación Gremial de Generadoras De Chile A.G.; EDF en Chile Holding SpA; Copec S.A.; Fiscalía Nacional Económica; Asociación Chilena de Energía Solar A.G.; Telefónica Chile S.A.; Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional; Asociación Chilena de Comercializadores de Energía A.G.; Walmart Chile S.A., Abarrotes Económicos Limitadas, Administradora de Supermercados Express Limitada, Administradora de Supermercados Hiper Limitada, Walmart Chile Mayorista Limitada; GM Holdings S.A.; Asociación Chilena de Energías Renovables y Almacenamiento A.G.; Engie Energía Chile S.A.; Colbún S.A. 20. Asociación de Transmisoras de Chile A.G.; Aguas Andinas S.A.; Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile, Asociación de Consumidores; Comisión Nacional de Energía; Sociedad de Fomento Fabril F.G.
Sr. Ignacio Parot Morales, Sr. Ricardo Paredes Molina y Sr. Rafael Pastor Besoain
Solicitud de informe sobre rebaja al límite de la potencia indicado en el literal d) del artículo 147 de la Ley General de Servicios Eléctricos.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
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