A fojas 77: a lo principal, por formulada solicitud de informe según lo dispuesto en el artículo 38º de la Ley Nº 19.733, estése a lo que se resolverá a continuación; al primer otrosí, a sus antecedentes.
Vistos y considerando:
1) Los antecedentes aportados por el solicitante en cumplimiento del Auto Acordado Nº 6/2005 de este Tribunal; y
2) El nivel de concentración de mercado a nivel regional y nacional que se desprende de la información proporcionada por la consultante y de los antecedentes públicos recabados por el Tribunal.
Se informa favorablemente la consulta de fs. 77 y siguiente, por estimarse que la transferencia descrita no provocará efectos perjudiciales para la competencia.
Notifíquese por carta certificada.