Resolución N° 10/2005: Consulta de la Fiscalía Nacional Económica sobre aplicación del Dictamen N° 1014 de la Comisión Preventiva Central

FECHA DE DICTACIÓN:

Agosto 11, 2005

carátula:

Consulta de la Fiscalía Nacional Económica sobre aplicación del Dictamen N° 1014 de la Comisión Preventiva Central

rol de causa:

NC-65-05

procedimiento:

No Contencioso

PARTES:

Consultantes: Fiscalía Nacional Económica
Aportantes de antecedentes: Sky Service S.A., Lan Airlines S.A., Coordinador General de Concesiones

MINISTROS Y MINISTRAS QUE CONCURREN AL ACUERDO:

Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Tomás Menchaca Olivares, Sr. José Tomás Morel Lara (S)

REDACCIÓN:

Pleno

CONDUCTA:

Consulta

INDUSTRIA:

Transporte y almacenamiento

ARTÍCULO (NORMA):

Artículos 18 N° 2, 31 y 32 del Decreto Ley Nº 211

OBJETO DEL PROCESO:

Consulta sobre aplicación del Dictamen N° 1014 de la H. Comisión Preventiva Central

resultado del tdlc:

El Tribunal resolvió (1) declarar que el Dictamen N° 1004, de fecha 25 de abril de 1997, tiene plena vigencia y aplicación, manteniéndose las restricciones y limitaciones señaladas en los considerandos quinto y sexto del mismo, para todos los aeropuertos del país; y, (2) declarar que el Dictamen N° 1014, de fecha 11 de julio de 1997, tal como lo señala su numeral 8.3, sólo tiene aplicación para la licitación del Aeropuerto Arturo Merino Benítez.

Ver Resolución N° 10/2005

voto en contra:

Sin voto en contra

voto prevención:

Sin voto de prevención

Resultado Excma. Corte Suprema

No se interpusieron recursos

temas que trata:

Concesión de obras, industria aeroportuaria, comisión preventiva central.