Dictamen N° 948/1995: Consulta de Gallyas Radiocomunicaciones S.A. sobre concesiones de servicio público Móvil terrestre por antena repetidora comunitaria, que otorga la Subsecretaría de Telecomunicaciones y peligros de una integración vertical. La Comisión en conocimiento de la normativa de Subtel que prohibe expresamente a repetidora comunitaria un operador de interconectarse con redes telefónicas públicas conmutadas, consideró resuelto el problema, con una prevención a SUBTEL.
Dictamen N° 939/1995: Consulta del Jefe del Servicio Nacional del Consumidor en la ciudad de Calama a la Fiscalia Regional Económica de la II Región sobre gastos de cobranza que deben cancelar los clientes morosos de entidades financieras. La Comisión declaró que no existian en los hechos, conductas contrarias al Decreto Ley N° 211, de 1973, pero insistió en que las instituciones financieras deben indicarle claramente a los clientes que les solicitan créditos, los gastos en que incurrirán en caso de morosidad en los pagos acordados.
Dictamen N° 940/1995: Consulta de la Fiscalía Regional Económica II Región, sobre sistema de comercialización de la empresa Lever Chile S.A. La Comisión ordenó el archivo de la consulta, ya que el caso fue resuelto mediante el dictamen Nº 916/855 de 20 de septiembre de 1994.
Dictamen N° 941/1995: Denuncia de Angel Peralta R. contra la Compañía Eléctrica del Río Maipo S.A. por abuso de posición monopólica en el cobro por consumos de energia eléctrica. El denunciante posteriormente se desistió de su denuncia por haber llegado a un convenio con Río Maipo S.A. Las materias denunciadas, en todo caso, son de competencia de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Dictamen N° 942/1995: Consulta de FORUS S.A. sobre contrato de franquicia para comercializar productos de la marca Hush Puppies (fabricación de zapatos y bienes conexos) La Comisión aprobó el contrato consultado, con algunas observaciones y prevenciones.
Dictamen N° 943/1995: Consulta de la Gobernación Provincial de Melipilla sobre posibles prácticas monopólicas en el mercado de transporte de pasajeros Santiago-Melipilla-Santiago. La Comisión dictaminó que no existían conductas contrarias al Decreto Ley N° 211 de 1973.
Dictamen N° 935/1995: Denuncia de SINTA S.A. en contra de ENTEL CHILE S.A. por abuso de incumplimien to en la prestación del Servicio de Telecomunicaciones denominado Servicio Enteligent Voz 3000. La Comisión desestimó la denuncia en consideración a que se trataria de un incumplimiento de contrato, cuyo conocimiento corresponde a otras instancias.
Dictamen N° 936/1995: Denuncia de don José Musalem Saffie contra Climatermic Ltda. por discriminación y negativa de venta. La Comisión desestimó la denuncia por considerar que se trata de un incumplimiento de contrato, materia cuyo conocimiento corresponde a otras instancias jurisdiccionales. Ver Resolución Nº 442 de 1º de Agosto de 1995 de la Comisión Resolutiva.
Dictamen N° 937/1995: Denuncia de don Gabriel A. Peña Hidalgo contra el IDIEM por competencia desleal en la certificación de extintores para uso en vehículos. Posteriormente el denunciante se desistió por las razones que expuso, desistimiento que fue aceptado por la Comisión.
Dictamen N° 938/1995: Denuncia de don José Luis Equiguren Bahillo en contra del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por conducta contraria a la competencia en la comercialización de extintores. La Comisión desestimó la denuncia ya que los hechos denunciados fueron producto de una situación circunstancial, ya superada a la fecha, no habiendo existido por parte de las Autoridades una conducta contraria a las disposiciones del Decreto Ley Nº 211, de 1973.