Dictamen N° 1036 BIS/1998: Resuelve recurso de reconsideración e informe reclamación subsidiaria de C.T.C. S.A.
Dictamen N° 1037/1998: Denuncia de don Luis Fontanilla Pincheira contra Daewoo Motor Chile S.A. por negativa de venta de repuestos automotrices, La Comisión desestimó la denuncia pero previno a la empresa Daewoo que debe mantener una existencia suficiente de repuestos para ser vendidos a los usuarios que necesiten adquirirlos.
Dictamen N° 1038/1998: Denuncia de don Héctor Iturriaga Puga en contra de la I. Municipalidad de Constitución por discriminación y trabas a la libertad de comercio, La Comisión desestimó la denuncia con una prevención a todas las municipalidades del país en el sentido que deben regular el uso de los espacios públicos que dan en concesión, demanera de no obstaclizar el ránsito expedito de los consumidores a todos los locales comerciales colindantes. Reclamado por el denunciante. Ver dictamen N°1044 de 14 de agosto de 1998.
Dictamen N° 1039/1998: Denuncia de Laboratorios Recalcine S.A. en contra de Laboratorios Novartis Chile S.A. por publicidad comparativa engañosa. La Comisión dictaminó que dicha publicidad inducia a error al consumidor y previno a la denunciada que a futuro debía abstenerse de efectuar una publicidad semejante a la reprochada. No aplicó sanciones por haber señalado la denunciada que dicha publicidad fue suspendida en el mes de diciembre de 1997.
Dictamen N° 1035/1998: Denuncia del señor Luis Farah Said en contra de varios laboratorios farmacéuticos por discriminación en los descuentos que otorgan, favoreciendo a las grandes cadenas de farmacias en desmedro de las medianas y pequeñas farmacias. La Comisión desestimó la denuncia por no haberse configurado la existencia del abuso denunciado. Reiteró dictámenes anteriores sobre la materia e hizo extensivo a los laboratorios Bayer y Labomed el dictamen N° 877 de 1993 que afectaba al laboratorio Schering. El dictamen se transcribió a las asociaciones gremiales que agrupan a los laboratorios farmacéuticos y a las droguerías autorizadas.
Dictamen N° 1057/1998: Denuncia de la ex Agencia de Turismo Travel Market en contra de las líneas aéreas que cperan en Chile al reducir las comisiones a agencias no afiliadas a IATA. La Comisión desestimó la denuncia por no hablase configurado la conducta denunciada y ordenó el archivo de los antecedentes.
Dictamen N° 1054/1998: Denuncia de Universal S.p.A. en contra de Importadora San Marcos Limitada por registro indebido de la marca Carioca en productos de la clase 16 para impedir la comercialización de estos productos por su legitimo fabricante la empresa Universal S.p.A. La Comisión acogió la denuncia conminando a la denunciada a poner término de inmediato al comportamiento reprochado, bajo apercibimiento de solicitar la aplicación de sanciones en su contra. Dictamen reclamado ante la Comisión Resolutiva. Pendiente a la fecha.
Dictamen N° 1055/1998: Denuncia del señor Enrique Segovia Barrientos en contra de la sociedad PEUGEOT CHILE S.A. por conductas de esta última que configuran un abuso de posición dominante respecto a uno de sus concesionarios. La Comisión desestimó la denuncia por no haberse configurado hechos contrario al D.L . 211.
Dictamen N° 1056/1998: Cumplimiento del dictamen N° 1043 de 31.Jul.98 sobre legalidad de cláusulas impuestas por Oriflame de Chile S.A. en sus contratos de venta directa. La Comisión estimó que Oriflame ha dado debido cumplimiento a lo dispuesto en el dictamen antes citado.