Ley de Prensa Informe N° 324/2008: Atendido el nivel de concentración de mercado que se desprende de la información proporcionada por la consultante y la Fiscalia Nacional Económica y de los antecedentes recabados por el Tribunal, se informa favorablemente la transferencia consultada de fojas 75, por estimarse que no provocará efectos perjudiciales para la competencia. Rol NC N° 282-08
Ley de Prensa Informe N° 325/2008: Atendido que el actual titular aportará la concesión a la empresa individual de responsablidad limitada que proyecta constituir y que, en tales circunstancias, la transferencia no es apta para provocar efectos perjudiciales para la competencia, se informa favorablemente la consulta; y, al otosi, a sus antecedentes. Rol NC N° 287-08
Ley de Prensa Informe N° 326/2008: Lo dispuesto por este Tribunal mendiante Auto Acordado N° 6, de fecha 7 de julio de 2005, y que no se ha especificado los intereses en medios de comunicación social, ni las solicitudes que se encuentren en actual tramitación de ante este Tribunal de empresas o personas relacionadas a las partes, se informa desfavorablemente la consulta, sin perjuicio de poder renovarse. Rol NC N° 288-08
Ley de Prensa Informe N° 327/2008: Atendido el nivel de concentración de mercado que se desprende de la información proporcionada por la consultante y la Fiscalia Nacional Económica y de los antecedentes recabados por el Tribunal, se informa favorablemente la transferencia consultada de fojas 72, por estimarse que no provocará efectos perjudiciales para la competencia. Rol NC N° 283-08
Ley de Prensa Informe N° 328/2008: Atendido el nivel de concentración de mercado que se desprende de la información proporcionada por la consultante y la Fiscalia Nacional Económica; atendido que la transferencia de la concesión materia de estos autos se efectuará mediante aportede la concesión al capital de una sociedad de responsabilidad limitada en el acto de su constitución; y considerando además que dicha operación no generaría efectos contrarios a la libre competenccia en el mercado relevante, se informa favorablemente la consulta de fojas 38. Lo anterior, solo en cuanto la operación de transferencia de la referida concesión se haga en los términos expuestos. Rol NC N° 286-08
Ley de Prensa Informe N° 329/2008: Lo dispuesto por este Tribunal mendiante Auto Acordado N° 6, de fecha 7 de julio de 2005, y que no se ha especificado los intereses en medios de comunicación social, ni las solicitudes que se encuentren en actual tramitación de ante este Tribunal de empresas o personas relacionadas a las partes, se informa desfavorablemente la consulta, sin perjuicio de poder renovarse. Rol NC N° 292-08
Ley de Prensa Informe N° 330/2008: Atendido el nivel de concentración de mercado que se desprende de la información proporcionada por la consultante y la Fiscalia Nacional Económica y de los antecedentes recabados por el Tribunal, se informa favorablemente la transferencia consultada de fojas 54, por estimarse que no provocará efectos perjudiciales para la competencia. Rol NC N° 285-08
Ley de Prensa Informe N° 331/2008: Atendido lo dispuesto por este Tribunal en los números primero y segundo del Auto Acordado N° 6, de fecha 7 de julio de 2005, se informa desfavorablemente la consulta, sin perjuicio de poder renovarse. ROL NC N° 294-08
Ley de Prensa Informe N° 332/2008: Atendido que el actual titular aportará la concesión de radiodifusión a la empresa individual de responsablidad limitada que proyecta constituir y que, en tales circunstancias, la transferencia no es apta para provocar efectos perjudiciales para la competencia, se informa favorablemente la consulta; y, al otosi, a sus antecedentes. Rol NC N° 298-08
Ley de Prensa Informe N° 333/2008: Atendido el nivel de concentración de mercado que se desprende de la información proporcionada por la consultante y la Fiscalia Nacional Económica y de los antecedentes recabados por el Tribunal, se informa favorablemente la transferencia consultada de fojas 29, por estimarse que no provocará efectos perjudiciales para la competencia. Rol NC N° 281-08