El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acordó aprobar el acuerdo conciliatorio alcanzado entre la Fiscalía Nacional Económica y la Dirección General de Aguas (DGA), por supuesto incumplimiento de los deberes de publicidad e información de solicitudes y transferencias de derechos de aprovechamiento de aguas impuestos por la Resolución N° 18 de 2008, que modificó el Dictamen N° 992 de la Comisión Preventiva Central.
El TDLC estimó que los términos del acuerdo no atentan contra la libre competencia, en los términos preceptuados en el inciso primero del artículo 22 del D.L. N° 211, y que por el contrario, las obligaciones asumidas por la DGA aseguran el cumplimiento de lo resuelto por este Tribunal.
Por este acuerdo , la DGA se obliga, entre otras, a enviar en forma mensual la información relativa a solicitudes en trámite, constituciones, transferencias y transmisiones de derechos de aprovechamiento de agua no consuntivos con potencial hidroeléctrico. Asimismo, asumió la obligación de poner en conocimiento de las Cortes de Apelaciones respectivas los incumplimientos de los Conservadores de Bienes Raíces a los deberes que les impone el artículo 122 inciso 4° del Código de Aguas y a solicitar la adopción de sanciones por tales incumplimientos.