Dictamen N° 1257/2003: Denuncia de doña Cecilia Belmar Palavicino en representación de Empresas Pinto Comertex S.A. de la República del Ecuador por conductas destinadas a impedir la comercialización de sus productos en Chile, al haber inscrito indebidamente la marca “PINTO”, una persona con quien habían tenido una relación mercantil. La Comisión dictaminó que estas materias son de competencia de los organismos antimonopolios cuando se está en presencia de una empresa o persona con poder de mercado y que utilice los privilegios que emanan de dicho derecho de propiedad industrial para abusar del mismo y entorpecer la competencia. Er la preserte consulta se trata de un problema que cac bajo el ámbito de la ley No. 19.039 y no corresponde a materias propias de los organismos creados para la defensa de la competencia, por lo tanto procedió a desechar la denuncia.

NÚMERO DE DICTAMEN:

Dictamen N° 1257

TEMA QUE TRATA:

Denuncia de doña Cecilia Belmar Palavicino en representación de Empresas Pinto Comertex S.A. de la República del Ecuador por conductas destinadas a impedir la comercialización de sus productos en Chile, al haber inscrito indebidamente la marca "PINTO", una persona con quien habían tenido una relación mercantil. La Comisión dictaminó que estas materias son de competencia de los organismos antimonopolios cuando se está en presencia de una empresa o persona con poder de mercado y que utilice los privilegios que emanan de dicho derecho de propiedad industrial para abusar del mismo y entorpecer la competencia. Er la preserte consulta se trata de un problema que cac bajo el ámbito de la ley No. 19.039 y no corresponde a materias propias de los organismos creados para la defensa de la competencia, por lo tanto procedió a desechar la denuncia.

FECHA DE DICTACIÓN:

14/07/2003

AÑO:

2003