Dictamen N° 675/1988: Bonificaciones otorgadas por RECALCINE, consistentes en un porcentaje de descuento que se da en mercadería igual o diferente de la comprada, no alteran la libre competencia pues son generales y no discriminatorias. Se recomienda modificar legislación que impide que los laboratorios puedan hacer publicidad dirigida al público. Dos votos en contra.

NÚMERO DE DICTAMEN:

Dictamen N° 675

TEMA QUE TRATA:

Bonificaciones otorgadas por RECALCINE, consistentes en un porcentaje de descuento que se da en mercadería igual o diferente de la comprada, no alteran la libre competencia pues son generales y no discriminatorias. Se recomienda modificar legislación que impide que los laboratorios puedan hacer publicidad dirigida al público. Dos votos en contra.

FECHA DE DICTACIÓN:

14/10/1988

AÑO:

1988