Dictamen N° 828/1992: Denuncia del Sr. Ramón Lizana O. y Otros en contra del Directorio de la A.G. de Dueños de Taxibuses Villa El Dorado de la Región Metropolitana por entorpecimiento de la libertad de trabajo. La Comisión acordó desestimar la denuncia por no estar configurada una trasgresión al Decreto Ley N° 211, de 1973, sin embargo acordó enviar los antecedentes al Ministro de Economía, Fomento Reconstrucción para que analice el caso de acuerdo con sus atribuciones de fiscalización de las asociaciones gremiales.

NÚMERO DE DICTAMEN:

Dictamen N° 828

TEMA QUE TRATA:

Denuncia del Sr. Ramón Lizana O. y Otros en contra del Directorio de la A.G. de Dueños de Taxibuses Villa El Dorado de la Región Metropolitana por entorpecimiento de la libertad de trabajo. La Comisión acordó desestimar la denuncia por no estar configurada una trasgresión al Decreto Ley N° 211, de 1973, sin embargo acordó enviar los antecedentes al Ministro de Economía, Fomento Reconstrucción para que analice el caso de acuerdo con sus atribuciones de fiscalización de las asociaciones gremiales.

FECHA DE DICTACIÓN:

26/10/1992

AÑO:

1992