Dictamen N° 992/1996: Consulta del señor Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía para que la Comisión se pronuncie acerca de si se vería afectada la libre competencia en el mercado de la generación eléctrica la eventual concesión por parte de la Dirección General de Aguas de nuevos derechos de aprovisionamiento solicitados por la empresa ENDESA S.A., que a la fecha de esta consulta se encontraban pendientes de resolución por la mencionada Dirección. La Comisión en consideración a que ENDESA concentra en su poder los principales derechos de agua del país, de manera que otorgarle nuevos derechos estaría creando una situación restrictiva de la libre competencia, recomienda al Director Nacional de Aguas, abstenerse de otorgar nuevos derechos de aprovechamiento de agua no consuntivas, mientras no esté en vigencia un mecanismo legal o reglamentario, según corresponda que asegure un adecuado uso de las aguas, a menos que se trate de proyectos específicos de interés general que así lo justifiquen. Ver dictamen N° 994/699 de 23.12.96 y Resolución n°480 de 07.01.97.

NÚMERO DE DICTAMEN:

Dictamen N° 992

TEMA QUE TRATA:

Consulta del señor Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía para que la Comisión se pronuncie acerca de si se vería afectada la libre competencia en el mercado de la generación eléctrica la eventual concesión por parte de la Dirección General de Aguas de nuevos derechos de aprovisionamiento solicitados por la empresa ENDESA S.A., que a la fecha de esta consulta se encontraban pendientes de resolución por la mencionada Dirección. La Comisión en consideración a que ENDESA concentra en su poder los principales derechos de agua del país, de manera que otorgarle nuevos derechos estaría creando una situación restrictiva de la libre competencia, recomienda al Director Nacional de Aguas, abstenerse de otorgar nuevos derechos de aprovechamiento de agua no consuntivas, mientras no esté en vigencia un mecanismo legal o reglamentario, según corresponda que asegure un adecuado uso de las aguas, a menos que se trate de proyectos específicos de interés general que así lo justifiquen. Ver dictamen N° 994/699 de 23.12.96 y Resolución n°480 de 07.01.97.

FECHA DE DICTACIÓN:

25/11/1996

AÑO:

1996