A lo principal, téngase por evacuado el informe del señor Fiscal Nacional Económico; al primer otrosí, por acompañado; y al segundo otrosí, téngase presente.
Proveyendo la consulta del señor Juan Carlos Martinic Bahamonde:
Vistos, atendido el mérito de lo informado por la Fiscalía Nacional Económica, la constancia del ingreso de la consulta del señor Juan Carlos Martinic Bahamonde ante la H. Comisión Preventiva Central, de fecha 4 de mayo de 2004, y habiendo transcurrido más de 30 días sin que se haya emitido pronunciamiento, ESTESE a lo dispuesto en el artículo 38, inciso segundo, de la Ley Nº 19.733.
Notifíquese por carta certificada.
Comuníquese mediante oficio a la Fiscalía Nacional Económica.