A fs. 48, a lo principal, por evacuado el informe; al primer otrosí, como se pide; y al segundo otrosí, téngase presente.
Vistos, atendidas las conclusiones de la Fiscalía Nacional Económica y lo dispuesto por este Tribunal mediante Auto Acordado Nº6, de fecha 7 de julio de 2005, se informa desfavorablemente la consulta, sin perjuicio de poder renovarse.
Notifíquese por carta certificada.