A fojas 32: a lo principal, atendido lo dispuesto por este Tribunal en los números primero y segundo del Auto Acordado Nº 6, de fecha 7 de julio de 2005 y no habiéndose subsanado las omisiones señaladas en la resolución de fojas 13, se informa desfavorablemente la consulta, sin perjuicio de poder renovarse; al otrosí, téngase presente.
Notifíquese por carta certificada.