A fs. 86: a lo principal, téngase por renovada la consulta con esta fecha; y, al otrosí, por acompañados los documentos.
Vistos, atendido el nivel de concentración de mercado a nivel regional y nacional que se desprende de la información proporcionada por la consultante y la Fiscalía Nacional Económica, y de los antecedentes públicos recabados por el Tribunal en relación con las empresas que intervienen en la transferencia, se informa favorablemente la consulta, por estimarse que no provocará efectos perjudiciales para la competencia.
Notifíquese por carta certificada.