A fojas 25: Vistos, lo dispuesto por este Tribunal mediante Auto Acordado N° 6, de fecha 7 de julio de 2005, y que el solicitante no ha especificado adecuadamente a la persona que adquirirá la concesión objeto de la transferencia, ni los intereses en medios de comunicación social, ni las solicitudes que se encuentren en actual tramitación ante este Tribunal de empresas o personas relacionadas a las partes, se informa desfavorablemente la consulta, sin perjuicio de poder renovarse.
Notifíquese por carta certificada.