En la causa rol C N° 343-18, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió el requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica en contra de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (“ANFP”), por haber esta última infringido el artículo 3° del Decreto Ley N° 211, al cobrar una cuota de incorporación de UF 50.000 y luego de UF 24.000 a los clubes de fútbol que ascendían de Segunda División a Primera B.
El Tribunal concluyó que dicho cobro corresponde a una barrera a la entrada contraria a la competencia. Por tanto, condenó a la ANFP al pago de una multa de 3145 Unidades Tributarias Anuales y le ordenó cesar en la conducta.
La decisión fue acordada con una prevención de las Ministras Gorab y Domper quienes – si bien estuvieron de acuerdo con la mayoría respecto a rechazar la excepción de prescripción deducida por la ANFP – difieren en algunas razones que fundamentan dicha decisión.