Dictamen N° 1171/2001: Consulta de la empresa “Servicios Integrales de Informática S.A.” sobre si la utilización de la marca SERINFO por una empresa distinta constituiría un arbitrio destinado a entorpecer la libre competencia, más cuando esta marca se encuentra registrada, tanto en el Departamento de Propiedad Industrial, como en NIC Chile como nombre de dominio. La Comisión resolvió que, estando la materia planteada prevista en la legislación de protección a la propiedad industrial (Ley N° 19.039) y no estando involucrados hechos que atenten específicamente en contra de la libre competencia, no corresponde a la Comisión emitir un pronunciamiento, sino a las instancias que la ley arriba citada establece.