Dictamen N° 664/1988: Los laboratorios deben tener condiciones de comercialización públicas y, por lo tanto , de fácil acceso para todos los interesados, sin que ello implique que deban, a su costa, enviar periodicamente la información necesaria a sus clientes, pero, si deben tener todos los antecedentes a disposición de quienes quieran informarse. Circular enviada por UNFACH a los laboratorios.