Dictamen N° 948/1995: Consulta de Gallyas Radiocomunicaciones S.A. sobre concesiones de servicio público Móvil terrestre por antena repetidora comunitaria, que otorga la Subsecretaría de Telecomunicaciones y peligros de una integración vertical. La Comisión en conocimiento de la normativa de Subtel que prohibe expresamente a repetidora comunitaria un operador de interconectarse con redes telefónicas públicas conmutadas, consideró resuelto el problema, con una prevención a SUBTEL.