En la causa rol C N° 359-18, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió la demanda deducida por Servicios de Correspondencia Envía Limitada (“Envía”) en contra de la empresa Correos de Chile (“Correos”). En dicha demanda Envía imputó a Correos haber infringido las normas previstas en las letras b) y c) del artículo 3° del DL N° 211, al: (i) haber abusado de su posición dominante mediante el otorgamiento de descuentos exclusorios en el mercado nacional de distribución de correspondencia; y (ii) haber efectuado una práctica de competencia desleal con el objeto de mantener o incrementar su posición de dominio en el mercado.
Respecto de la conducta de descuentos exclusorios, el Tribunal determinó, en primer término, que esta conducta no requiere que los precios finales ofrecidos por una firma dominante se encuentren bajo una medida relevante de costos, defensa que planteó Correos, para que tengan el potencial de ser anticompetitivos. Adicionalmente, el análisis realizado mostró que los descuentos ofrecidos a Banco Santander, Banco Scotiabank y CMR Falabella no se encuentran completamente justificados en ahorros de costos ni tienen otras justificaciones objetivas, por lo que dichos descuentos pueden generar efectos exclusorios en un mercado con las características como el de autos. En consecuencia, la acusación de descuentos exclusorios fue acogida respecto de los tres clientes en cuestión.
En cuanto a la acusación de competencia desleal, el Tribunal acogió dicha acusación al determinar que Payback fue presionado por Correos para no celebrar el proyecto piloto con Envía, ya que el condicionamiento de su oferta a no contratar con otro proveedor es una interferencia ilegítima en las negociaciones que estaba llevando adelante Envía con Payback, cuyo objeto fue desviar clientela desde su competidor. Esta acusación fue acogida con el voto en contra de los Ministros Vergara y Gorab quienes estuvieron por desestimarla ya que, en su concepto, analizada la prueba rendida de acuerdo con las reglas de la sana crítica, ésta no es suficiente ni idónea para tener por acreditados los hechos acusados.
Finalmente, en base al beneficio económico obtenido por la demandada con las conductas acusadas, el efecto disuasivo requerido y la gravedad de las infracciones, el Tribunal impuso a Correos una multa de 6.000 U.T.A., condenándola también en costas.