Consultantes: Sociedad de Rentas Inmobiliarias Ltda.
Aportantes de antecedentes: Fiscalía Nacional Económica, Ministerio de Obras Públicas, Junta de Aeronáutica Civil, Dirección General de Aeronáutica Civil
Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Tomás Menchaca Olivares, Sr. Julio Peña Torres
Consulta sobre participación en futuras concesiones de aeropuertos fiscales
El Tribunal resolvió (1) que, en lo sucesivo, la limitación a la participación de personas naturales o jurídicas en los consorcios, sociedades o acuerdos de participación conjunta con el objeto de explotar concesiones de terminales aeroportuarios y participar en los respectivos procesos de precalificación y licitación, establecida en el Dictamen Nº 1.004 de la Comisión Preventiva Central, no se extiende a aquellas personas relacionadas con Empresas de Transporte Comercial de Aeronaves Pequeñas, según la clasificación de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que no utilicen una proporción relevante del respectivo aeropuerto concesionado o de las instalaciones destinadas en éstos a la operación de los servicios de transporte aéreo con los que tengan integración vertical; y, (2) que, en consecuencia, el Ministerio de Obras Públicas deberá modificar las Bases de Precalificación para el “Programa de Licitaciones y Relicitaciones de Concesiones de Infraestructura Aeroportuaria”, de manera de no excluir la participación de personas relacionadas con empresas con las características anotadas en el resuelvo primero.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
Advertencia:
La publicidad de las resoluciones contenidas en este sitio, no constituye comunicación ni notificación válida de las mismas para efectos legales. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia no se responsabiliza por los errores u omisiones que eventualmente pueda contener la información publicada.