Consultantes: Cruz Verde
Aportantes de antecedentes: Ministerio de Hacienda, Supermercados de Chile A.G., Servicio Nacional del Consumidor, SMU S.A., Salcobrand S.A., PreUnic S.A., Farmacias Ahumada S.A., Transbank, Fiscalía Nacional Económica, Cencosud S.A., Multicaja S.A., Banco Central de Chile, Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras Chile
Sr. Enrique Vergara Vial (P), Sr. Eduardo Saavedra Parra, Sr. Javier Tapia Canales, Sra. María de la Luz Domper Rodríguez, el Sr. Jaime Arancibia Mattar.
Que el Tribunal se pronuncie acerca de criterios aplicados por Transbank S.A. (“Transbank”) en la determinación del merchant discount cobrado respecto del rubro comercial al cual está adscrita Cruz Verde, a la luz de la comisión cobrada en otros rubros análogos, y la conformidad o no de dicha aplicación práctica con la libre competencia, estableciendo si procediere las condiciones que Transbank deba cumplir al respecto.
El Tribunal resolvió que el Plan de Autorregulación actual de Transbank no cumple con establecer merchant discounts públicos, objetivos, de general aplicación y no discriminatorios y, por tanto, no es compatible con la normativa de libre competencia. Por lo anterior, Transbank deberá proponer un nuevo Plan de Autorregulación, que deberá ser presentado ante la Fiscalía Nacional Económica en un plazo de tres meses desde que la resolución se encuentre firme. El nuevo PAR deberá, como mínimo, cumplir con los criterios que se expusieron en la sección 4.3 de la parte considerativa de la resolución, en particular en el párrafo 155
Sr. Jaime Arancibia Mattar
Sin voto de prevención
Revoca
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