El 23 de enero de 2023, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió el recurso de reposición deducido en contra de la resolución de 9 de enero del mismo año, que rechazó el Acuerdo Extrajudicial entre la Fiscalía Nacional Económica y un grupo de centrales de taxis de la ciudad de Coyhaique, las que habían anunciado un alza coordinada de precios en un medio de comunicación (Rol AE 25-22).
El Tribunal indicó que, en atención a que en su recurso de reposición el apoderado de Gustavo Farah Vera se desdijo de lo alegado en la audiencia de rigor, señalando que lo declarado contradecía las instrucciones de su cliente, ello suponía que la parte no desconoció ni relativizó los hechos indicados en el Acuerdo Extrajudicial y, por tanto, no se configuraba un incumplimiento del mismo. En consecuencia, el Tribunal aprobó el Acuerdo Extrajudicial.
Finalmente, el TDLC declaró que no hay impedimento en que terceros con interés legítimo, ejerzan sus derechos a impetrar las acciones que en su concepto procedan.