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El Pleno de Ministros/as del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ha acordado reanudar las diligencias probatorias que se encuentran pendientes y que puedan realizarse de manera remota en las causas cuyos términos probatorios vencieron a más tardar el 2 de abril de 2020, modificando en esto el punto 2, del acuerdo adoptado en sesión de 2 de abril 2020.
Lo anterior, con ocasión de la nueva prórroga del estado de catástrofe, la necesidad de dar tramitación a las causas y la experiencia satisfactoria adquirida durante el periodo de pandemia en la realización de audiencias remotas. Además, se contempla la posibilidad de que las partes puedan alegar indefensión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3° de la Ley N°21.226, en los términos del artículo 4° de la misma ley.
Para la realización de estas audiencias remotas el Tribunal elaboró un protocolo que contiene todas las indicaciones necesarias.
Las audiencias remotas serán decretadas en las respectivas causas mediante resolución del Tribunal.
Ver Protocolo para la Realización de Audiencias Remotas
Ver Acuerdo sobre régimen jurídico de excepción (Ley N° 21.226) *Versión Consolidada[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]