En los autos Rol AE 24-22, caratulados “Acuerdo Extrajudicial entre la FNE con Inversiones Lota Green SpA.” el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aprobó el Acuerdo Extrajudicial sometido a su conocimiento, por estimar que las obligaciones asumidas por Lota Green en el referido acuerdo cautelan adecuadamente la competencia en el mercado en cuestión, y resultan proporcionales y suficientes para poner término a la Investigación de la FNE. El Tribunal estima que la aprobación del acuerdo no impide que terceros con interés legítimo puedan presentar las acciones que en su concepto procedan.
Los compromisos de Lota Green adquiridos en virtud del acuerdo extrajudicial comprenden:
(i) publicar, durante el periodo de un año contado desde que la resolución que apruebe el acuerdo se encuentre firme y ejecutoriada, el texto del acuerdo en el sitio web de las entidades pertenecientes a su grupo empresarial que participan en el mercado de hormigón premezclado, en una sección de fácil visualización y acceso para terceros; y
(ii) pagar a beneficio fiscal la suma única y total de 270 (doscientas setenta) unidades tributarias anuales, en su equivalente en pesos al día del pago efectivo.