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En los autos Rol NC Nº 491-21, caratulados “Solicitud de Informe de EPTSV sobre modificación de la integración vertical aplicable al concesionario del frente de atraque del puerto de San Vicente”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ordenó publicar un extracto de la resolución de 13 de abril de 2021, por la que se dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley Nº 211, respecto de la solicitud de informe individualizada. En dicha resolución, se ordenó oficiar a diferentes organismos a fin de que éstos, así como quienes tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Diario Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del DL N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo.
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Ver Expediente[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]