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En los autos Rol NC N° 492-21, caratulados “Solicitud de informe de Agrosuper S.A. y otras respecto de las bases de licitación para la contratación del manejo de residuos con terceros, y de las reglas y procedimientos para la incorporación de miembros y funcionamiento del SIGENEM”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por resolución de 8 de junio de 2021, dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211, en cuanto a si (i) las cuatro propuestas de bases de licitación para la contratación del manejo de residuos con terceros; y (ii) la propuesta de reglas y procedimientos para la incorporación de nuevos asociados y para el funcionamiento del Sistema de Gestión de Envases y Embalajes (SIGENEM), contienen reglas que impidan, restrinjan o entorpezcan la libre competencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 24 y 26 de la Ley N° 20.920, que Establece el Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y el Fomento al Reciclaje.
Se ordenó oficiar a diferentes entidades a fin de que estas, así como quienes tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Diario Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún/a abogado/a habilitado/a para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo.
Ver Resolución
Ver Expediente[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]