Por resolución de fecha 17 de abril de 2020, en los autos Rol NC N° 462-20, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ordenó dar inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211 (D.L. N° 211) respecto de la consulta formulada por la Fiscalía Nacional Económica consistente en que el Tribunal se pronuncie respecto de si el Decreto N° 6291, de 2 de mayo de 2019, de la I. Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda que autoriza las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas y Bases Económicas de la concesión de la estación intermodal metropolitana en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, se ajusta o no al D.L. N° 211.
A solicitud de la Fiscalía Nacional Económica se decretó la suspensión del proceso licitatorio en cuestión. Dicha suspensión fue comunicada a la I. Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda.
Se ordenó, además, publicar un extracto de la referida resolución en el Diario Oficial, y oficiar a diferentes autoridades a fin de que éstos, así como quienes tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la publicación del extracto en el Diario Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo.